• El Proceso Electoral Local 2020-2021 inició el 7 de septiembre de 2021.
  • Se aprobó la declaratoria relativa a la pérdida del registro como partido político local de Nueva Alianza Guanajuato.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria este jueves dio por concluido el Proceso Electoral Local 2020-2021.

El proceso electoral local 2020-2021 dio inicio el 7 de septiembre de 2020, en donde se llevaron a cabo 224 actividades diversas hasta su conclusión este 21 de octubre.

Desde el inicio del proceso electoral se han llevado a cabo 132 sesiones, de las cuales fueron 112 extraordinarias, 13 ordinarias y siete especiales. En dichas sesiones se aprobaron un total de 414 acuerdos sobre diversos temas.

Para la jornada electoral del 6 de junio de 2021 se instalaron el 7 mil 745 casillas; se imprimieron 9 millones 892 mil 034 boletas electorales para que las y los guanajuatenses pudieran elegir los mil 058 cargos de elección, de los cuales 46 fueron presidencias municipales, 52 sindicaturas propietarias y suplentes, 418 regidurías propietarias y suplentes, 22 diputaciones por el principio de mayoría relativa propietarias y suplentes y 14 diputaciones por el principio de representación proporcional propietarias y suplentes.

Se registraron 9 mil 805 candidaturas por partidos políticos, además de 291 candidaturas independientes.

Como integrantes de las mesas directivas de casilla fungieron 69 mil 705 personas; se contó con mil 944 capacitadoras y capacitadores, 331 supervisoras y supervisores electorales locales, así como 408 personas encargadas del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y 388 personas auxiliares para la atención de mecanismos de recolección de paquetes electorales.

Cabe señalar que se emitieron las respectivas resoluciones a 135 medios de impugnación presentados en contra de los cómputos municipales y distritales, de los cuales 63 se presentaron ante el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, 54 ante la Sala Regional Monterrey y 18 ante la Sala Superior; y los 12 medios de impugnación presentados en contra de la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, de los cuales 4 se presentaron ante el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, 4 ante la Sala Regional Monterrey y 4 ante la Sala Superior, por tanto, es que podemos dar por concluido el proceso electoral local ordinario 2020-2021.

En consideración que no se encuentra pendiente de resolución ningún medio de impugnación relacionado con las declaratorias de validez de la elección de los ayuntamientos y de las diputaciones por los principios de mayoría relativa y representación proporcional emitidas en el Proceso Electoral Local 2020-2021, con fundamento en el artículo 174, párrafo cuarto, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG y en la jurisprudencia 1/2002 aprobada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de rubro “Proceso electoral. concluye hasta que el último acto o resolución de la etapa de resultados adquiere definitividad”, se declara que el Proceso Electoral 2020-2021 en el estado de Guanajuato ha concluido.

Cabe señalar que se emitieron las respectivas resoluciones a 135 medios de impugnación presentados en contra de los cómputos municipales y distritales, de los cuales 63 se presentaron ante el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), 54 ante la Sala Regional Monterrey y 18 ante la Sala Superior; los 12 medios de impugnación presentados en contra de la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, de los cuales cuatro se presentaron ante el TEEG, cuatro ante la Sala Regional Monterrey y cuatro ante la Sala Superior.

Con relación a lo anterior, se destaca que no obstante los diversos medios de impugnación que se presentaron contra los resultados emanados de la jornada electoral, las resoluciones que los órganos jurisdiccionales emitieron a lo largo de la cadena impugnativa no modificaron la integración de los 46 ayuntamientos ni del Congreso de Guanajuato, es decir, prevalecen las constancias de mayoría y validez que los consejos municipales electorales otorgaron a las y los ciudadanos que ahora conforman cada uno de los ayuntamientos y que el  domingo 10 de octubre tomaron posesión de su encargo; de la misma manera, también prevalecen las constancias de mayoría otorgadas por los consejos distritales a las diputadas y los diputados electos a través del principio de mayoría relativa y las asignadas por el Consejo General por el principio de representación proporcional, mismos que entraron en funciones en fecha 26 de septiembre en que se renovó el Congreso del Estado de Guanajuato.

En el mensaje, el Consejero Presidente Provisional, Antonio Ortiz Hernández destacó que proceso electoral fue complejo, de grandes retos, como lo han sido los procesos electorales que el Instituto ha celebrado a lo largo de su historia, pero la entrada en escena a nivel estatal, nacional e internacional de la pandemia por el virus Covid-19, elevó ese nivel de complejidad, mismo que el IEEG logró sortear con éxito, de ello se generaron grandes aprendizajes y experiencias.

“Quiero reconocer y agradecer muy sentidamente el esfuerzo de todo el personal del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, tanto de la estructura permanente como de la eventual, a nivel central como a nivel delegacional, por el alto nivel de compromiso y profesionalismo demostrado durante todo el desarrollo del proceso electoral. El éxito de nuestro Instituto descansa en todas y todos ustedes, en nuestra gente, el elemento más valioso del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato”, dijo el Consejero Presidente Provisional.

En otro punto del orden del día se aprobó la declaratoria relativa a la pérdida del registro como partido político local de Nueva Alianza Guanajuato.

El 7 de diciembre de 2018 en la sesión extraordinaria el Consejo General de este Instituto emitió la resolución CGIEEG/339/2018, mediante la cual resolvió sobre la solicitud de registro como partido político local presentada por las personas integrantes del Comité de Dirección Estatal de Guanajuato del otrora partido político nacional Nueva Alianza. En dicha resolución, se aprobó el registro como partido político local del otrora partido político nacional antes mencionado, bajo la denominación «Nueva Alianza Guanajuato», luego de haber cumplido los requisitos previstos en la normatividad electoral.

Dicho registro local surtió efectos a partir del 1 de enero de 2019.

El 28 de junio de 2021 en la sesión extraordinaria el Consejo General aprobó el acuerdo CGIEEG/299/2021, mediante el cual se determinó el procedimiento a seguir para la eventual liquidación del partido político local Nueva Alianza Guanajuato y se declaró que el partido político local mencionado se encuentra en la etapa de prevención del procedimiento de liquidación.

Una de las causas de pérdida de registro de un partido político estatal, es no obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, por lo menos el 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones de gubernatura o diputaciones a la legislatura local, de conformidad con el artículo 71, fracción II de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.

El porcentaje de votación de Nueva Alianza Guanajuato en las elecciones de diputaciones por el principio de mayoría relativa fue de 2.81 por ciento, de diputaciones por el principio de representación proporcional de 2.81 por ciento y de ayuntamientos de 2.83 por ciento.

Derivado de lo anterior, a partir de que surta efectos la presente declaratoria, Nueva Alianza Guanajuato perderá todos los derechos y prerrogativas que establecen en su favor la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato y demás normativa aplicable y las prerrogativas públicas correspondientes al ejercicio fiscal en curso serán entregadas por este Instituto a través de la Secretaría Ejecutiva a la persona interventora.

Se consideró necesario otorgar a Nueva Alianza Guanajuato la oportunidad de que manifieste lo que a su derecho convenga mediante escrito que presente ante este Consejo General, lo cual deberá realizar dentro de un término de 72 horas contadas a partir de que quede notificado de la presente declaratoria.

Una vez transcurrido dicho término, el Consejo General determinará lo conducente respecto a las manifestaciones que haya realizado, en su caso, Nueva Alianza Guanajuato, en el entendido de que, si éste no realiza manifestación alguna dentro del plazo indicado, la declaratoria de pérdida de su registro como partido político local surtirá plenos efectos.

En otro punto del orden del día se aprobó la desinstalación de los consejos distritales y municipales electorales, derivado de la conclusión del proceso electoral local 2020-2021.